Señor Director:
El Ejecutivo envió un conjunto de indicaciones (más de 20) al proyecto de ley en actual tramitación que se ha conocido como "la reforma a la reforma procesal penal" (que contenía cerca de 40 modificaciones). Surgen varios temas de interés a propósito de esto.
Lo primero es que se trata de un proyecto de ley que fue presentado al Senado por el propio Ejecutivo solo hace algunos meses, con bastante bombo y platillo. En ese momento el Presidente de la República, en el mensaje del proyecto, lo describió como producto de "un completo análisis del funcionamiento del sistema", en tanto que otras autoridades lo caracterizaron como fruto de "un diagnóstico actualizado". Hoy nos enteramos de que al parecer los estudios no eran tan completos ni los diagnósticos tan actualizados, debido a que -sin que hayan ocurrido hechos nuevos, y transcurrido muy poco tiempo desde su presentación- la autoridad considera necesario producir una indicación equivalentes al 50% de las propuestas originales.
Llama la atención también el liderazgo que ha tenido el senador Espina en su elaboración y en el proceso de discusión parlamentaria proponiendo múltiples indicaciones. Esto debido a que él participó en la comisión de expertos de nueve personas que examinaron las propuestas sobre las cuales se construyó el proyecto, sin que en esa instancia, tal como relatan varios de los comisionados, tuviera una intervención activa en la que haya planteado los temas que hoy le parecen imprescindibles. Todo ello tratándose de muchas cuestiones que ya estaban puestas sobre la mesa de debate y que eran conocidas. Surgen entonces dudas: ¿acaso no se tomó en serio el trabajo de esta comisión?, o ¿tal vez no se quería discutir el mérito de este tipo de planteamientos en un espacio de trabajo de carácter técnico?
En el proyecto original, el Ejecutivo llegó a la conclusión de que una parte importante de los problemas que enfrenta la persecución penal en nuestro país en la actualidad responde a serios problemas de falta de capacitación de las policías y de coordinación entre las diversas agencias estatales en el área. Además, se estableció que esos problemas no podían seguir siendo enfrentados por vía de "subsidiar" el trabajo de las policías dotándolas de más facultades discrecionales y limitando sus controles. Todo ello parece quedar atrás con las indicaciones presentadas, como si el diagnóstico previo hecho por la propia autoridad nunca hubiera existido.
Las indicaciones también insisten en proponer reformas en materias que ya han sido objeto de diversos cambios, como por ejemplo la prisión preventiva, con pocas posibilidades de resolver problemas concretos del sistema y más bien con el serio riesgo de introducir distorsiones y fuertes tensiones con valores constitucionales. Lo anterior nos debiera llevar a reflexionar seriamente acerca de cómo se legisla en nuestro país en el área procesal penal. Lamentablemente, desde hace algún tiempo, se repite un patrón en el trabajo legislativo que tiene como consecuencia que con las reformas legales se avanza menos de lo que se espera, pero en el que se promete mucho más de lo que se puede lograr.
Mauricio Duce J.
Profesor Derecho UDP